Condiciones de alquiler
CONTRATO DE ARRENDAMIENTO. Por el que se rige el arrendamiento de vehículos de la empresa COVESA RENT.
La empresa que le proporciona el servicio es SERMOBIS 2020 SL con domicilio fiscal en Mollet del Vallès, Avda Rabassaires num 32 CIF B67580126 a través de su marca comercial COVESA RENT. Esta no será necesariamente la misma empresa con la que usted realice el alquiler.
Para efectuar una reserva, cambiar o modificar, deberá ponerse en contacto con nuestro departamento de reservas al teléfono (938 377 977) o vía mail al siguiente correo (info@covesarent.com)
Para cualquier incidencia o notificación durante o después de su alquiler, debe dirigirse a (info@covesarent.com)
El presente contrato se regirá en todas aquellas ocasiones en que una persona, ya sea física o jurídica, utilice un vehículo propiedad de la empresa SERMOBIS 2020 SL y desde dicho momento se considera que ésta se sujeta y se obliga a lo estipulado en lo mismo. La persona que utilice el vehículo tendrá el nombre de Arrendatario y la empresa el de Arrendador y se regirá por las siguientes cláusulas.
1º UTILIZACIÓN DEL VEHICULO:
a) El arrendatario recibirá en arriendo de la empresa SERMOBIS 2020 SL el vehículo cuyas características se harán constar en el anverso del presente contrato en buen estado de funcionamiento y de conservación de sus partes esenciales y accesorios, equipo de herramientas, documentación, etc., todo ello comprobado por ambas partes antes de recibir el arrendatario el vehículo en alquiler.
b) El arrendatario deberá utilizar el vehículo con el cuidado y la destreza pertinente. Utilizar el vehículo según la normativa vigente del país en que se está conduciendo de manera lícita y con fines legales.
c) El arrendatario acepta cerrar el vehículo cuando no este circulando y asegurarse que todas las partes del coche estén perfectamente cerradas.
2º EL ARRENDATARIO SE COMPROMETE Y OBLIGA A:
a) Ser mayor de 21 años y poseer un carnet de conducir válido durante el periodo del contrato de alquiler, con una antigüedad mínima de 2 años para algunos grupos de vehículos. Para ciertos grupos de vehículos será necesario ser mayor a 23 años con las mismas condiciones de antigüedad y validez. En caso que el arrendatario o alguno de los conductores adicionales sea menor de 23 años estará obligado a pagar un cargo económico diario por día y conductor.
b) No permitir que lo conduzcan otras personas diferentes a las autorizadas en éste contrato.
c) Presentar el carnet original de conducir, no se aceptarán copias o documentos de renovación.
d) Conducir uno de nuestros vehículos si dispone de un carnet de conducir emitido en la Unión Euro
pea o del espacio económico Europeo (Andorra, Islandia, Liechtenstein y Noruega).
e) Acreditar su carnet de conducir acompañado del carnet Internacional si su documento ha sido emitido fuera de la UE.
f) No transportar en el vehículo más personas de las de normal cabida y autorizadas en la documentación del vehículo, a no transportar animales domésticos cumpliendo las normativas vigentes, a no transportar ninguna clase de mercancías, utensilios, materias, u objetos o cualquier cosa que las leyes prohíban tener, usar, transportar, comerciar con ellas, etc., siendo de su cuenta y riesgo cuantas responsabilidades se deriven de la infracción de éste apartado.
g) No usar ni permitir que sea usado el vehículo arrendado como medio o instrumento para la comisión de delitos, actuaciones penadas, prohibidas o simplemente sancionadas por la Ley auxilio a delincuentes o protección, transporte o cobijo de objetos procedentes de delitos.
h) No participar en competiciones deportivas ni similares con el vehículo arrendado, tanto si las competiciones son federadas o no.
i) Hacer uso del vehículo para fines comerciales.
j) Remolcar otro vehículo o remolque ni transportar sustancias inflamables, explosivas, corrosivas o combustibles.
k) A tener el vehículo adecuadamente estacionado y custodiado cuando no lo utilice.
3º PAGO
a) COVESA RENT realizará una autorización previa en su tarjeta de pago. Esta autorización permite retener un importe en la tarjeta de crédito del arrendatario que garantiza que existirán fondos suficientes para tramitar el pago final del contrato de alquiler.
b) Si el arrendador paga con otra tarjeta distinta a la que presento en la entrega, deberá tener en cuenta que su entidad bancaria podrá tardar hasta 28 días en liberar el dinero autorizado.
c) Las tarjetas de pago admitidas son tarjetas de crédito VISA, MASTERCARD.
d) No se aceptan tarjetas de débito o tarjetas de prepago en cualquiera de sus emisiones o modalidades. Tampoco se aceptan tarjetas de uso exclusivo para pagos electrónicas.
e) El arrendatario podrá realizar una reserva en nuestra página web, pagando con una tarjeta de crédito que deberá ser de la misma titularidad que el arrendatario. El arrendatario tendrá que presentar la tarjeta en el momento de la entrega y recogida del vehículo. También se le solicitará otra tarjeta de crédito detallada en el apartado c en concepto de fianza del vehículo.
f) En caso de incumplimiento de pagos durante el alquiler de corto plazo o largo plazo, COVESA RENT podrá reclamar la devolución inmediata del vehículo en sus instalaciones.
g) Los contratos de alquiler superiores a 1 mes se irán renovando automáticamente por mensualidades sucesivas a través de domiciliación bancaria hasta el fin del periodo contratado.
4ºDEVOLUCIÓN DEL VEHÍCULO
a) El vehículo se devolverá en el lugar y fecha indicados en el anverso. Cualquier variación deberá ser autorizada por el arrendador. Si el arrendatario circula con el contrato caducado y sin autorización de arrendador, automáticamente quedarán en suspenso los seguros contratados.
5º CARGOS POR ALQUILER
a) El arrendatario acepta pagar además de los cargos por el alquiler del vehículo e impuesto detallados en el anverso, las multas o sanciones de cualquier clase que les sean impuestas al arrendador por contravenciones cometidas por el arrendatario durante el tiempo de arrendamiento, así como el importe de los días que el arrendador no pueda disponer libremente del vehículo por motivo de embargo, avería o daños causados al mismo durante el arrendamiento imputable al arrendatario.
b) El arrendatario acepta pagar cargos si modifica el periodo de alquiler, el lugar de entrega y recogida o si supera el kilometraje acordado.
c) El arrendatario acepta pagar por cargos o perder derechos a descuentos por devoluciones anticipadas o devoluciones tardías. No se aplicará al arrendatario ningún reembolso por días no utilizados.
d) A atender en todo momento aún después la devolución del vehículo arrendado, cuantas reclamaciones haga el arrendador por causas que se deriven del cumplimiento o incumplimiento del presente contrato.
e) El arrendatario acepta pagar cargos por perder la llave del vehículo. La llave no está cubierta por ninguno de los seguros contratados.
f) El arrendatario acepta pagar cargos por no entregar el vehículo en un estado de limpieza perfecto, tanto interior como exterior. Estado de extrema suciedad (incrustaciones de barro, desperdicios en el interior, manchas en la tapicería, etc.) serán motivo de cargos adicionales.
g) Para realizar estos cargos, COVESA RENT le cargara el importe en la tarjeta de crédito que proporcionó al realizar el alquiler y emitirá la factura correspondiente.
h) En el caso que el arrendatario desee cancelar el alquiler antes del periodo del contrato, se le aplicaran las correspondientes tarifas de acuerdo con las clausulas estipuladas por COVESA RENT. Asimismo, el arrendador, podrá solicitar la terminación del Contrato de Alquiler, transcurrido el Periodo de Permanencia, siempre con un preaviso de quince (15) días mínimos mediante el correo electrónico info@covesarent.com
6º MULTAS
a) El titular del contrato de alquiler, deberá pagar cualquier multa o infracción recibida por el uso del vehículo durante el periodo de alquiler.
b) Estos cargos sólo corresponden a la identificación del conductor, en ningún caso COVESA RENT realizará el cobro por el importe de la multa, esta le será remitida al Organismo Sancionador en la dirección que el arrendatario proporciono en su contrato de alquiler, o en el caso de denuncias emitidas por la Dirección General de Tráfico, a conductores de nacionalidad española, a la dirección que figura su nombre en el fichero de la Dirección General de Tráfico.
7º COMBUSTIBLE
a) El titular del contrato de alquiler, recibe el vehículo con el depósito de combustible lleno, por lo que queda obligado en el momento de su devolución a devolverlo lleno. En caso que no lo devuelva en el mismo estado se le cargará en su correspondiente tarjeta de crédito el combustible que ha usado y el cargo por repostaje establecido de 20,00€ IVA incluido.
b) El precio del combustible se establece según el mercado actual publicado en el B.O.E
8º CONDUCTORES ADICIONALES Y PASAJEROS
a) El arrendatario es responsable de que los conductores adicionales del contrato de alquiler o cualquier pasajero que viaje en el vehículo alquilado respeten todos estos términos y condiciones en el contrato descrito.
9º REPARACIONES ACEITES Y ENGRASES
a) Las reparaciones por avería mecánica catalogada de desgaste normal (excluidas las producidas por negligencia, impericia o malos tratos/usos del conductor) así como cambios de aceites y engrases, el importe de la reparación correrá a cargo del arrendador siempre con su autorización previa, presentando factura a nombre del arrendador.
10º SEGURO
a) El seguro concertado por el arrendador con la compañía de seguros, cubren al arrendatario y conductor autorizado en el presente contrato, el seguro obligatorio, complementario de responsabilidad civil ilimitada, fianzas y defensa jurídica en España, así como robo e incendio.
b) La responsabilidad del arrendatario es la del valor del vehículo arrendado. Dicha responsabilidad quedará exenta sólo en el caso de accidente con el pago del seguro (CDW) menos la franquicia que le corresponda según el grupo al que pertenezca el vehículo arrendado. En el caso de actos de vandalismo no provocados por un accidente y que ocasionen desperfectos en el vehículo, los daños de éste serán a cuenta del arrendatario.
c) Los daños ocasionados a los ocupantes del vehículo arrendado hasta el máximo de la póliza concertada por el arrendador, queda cubierta mediante el pago de la prima correspondiente, según tarifa en vigor (PAI) siendo requisito indispensable firmar la aceptación de dicho cargo en el recuadro existente en el adverso de éste contrato.
d) Quedan excluidos del seguro, la perdida, el robo y daños causados a bienes u objetos transportados en el vehículo arrendado propiedad del arrendatario.
e) Quedan también excluidos los daños causados en los neumáticos, incluido pinchazos, las partes altas de las furgonetas y microbuses, así como las mercancías transportadas.
11º ACCIDENTES
a) En caso de accidente o robo el arrendatario debe avisar inmediatamente a la Policía y a nosotros en un plazo de 48h si el vehículo ha estado involucrado en un accidente o ha sufrido una avería.
b) Si el arrendatario pierde el vehículo, se lo roban o resulta dañado deberá, según lo establecido, pagar la franquicia especificada en el contrato de alquiler, cualquier gestión por accidente, robo o daños.
c) El arrendatario se compromete a informar inmediatamente al arrendador de cualquier siniestro y a transmitirle inmediatamente cuantas cartas, citaciones o notificaciones que a dicho siniestro se refieran y prestar completa colaboración con el arrendador y a la compañía aseguradora en la investigación y defensa de cualquier reclamación o proceso. EN EL MOMENTO DEL ACCIDENTE O SINIESTRO EL ARRENDATARIO TOMARA LAS SIGUIENTES MEDIDAS:
d) No prejuzgar la responsabilidad de los hechos.
e) Obtener los datos completos de la parte contraria que junto con los detalles del accidente (forma como ocurrió, lugar, fecha y hora, etc.) remitirá con urgencia al arrendador, llamando por teléfono incluso si las circunstancias lo aconsejaran.
f) El arrendatario se compromete a llevar el vehículo a todos nuestros centros de Ford Covesa en caso de avería, reparación, accidentes o mantenimiento
12º FRANQUÍCIA
a) La franquicia contratada por el arrendatario no será válida si el robo o la pérdida son debidos a una acción deliberadamente fraudulenta, omisión o negligencia por su parte, un incumplimiento deliberado de las condiciones, daños ocasionados en el interior del vehículo exceptuando los producidos por el desgaste natural de los materiales, daños ocasionados en neumáticos y llantas del vehículo, incluidos los pinchazos o reventones no atribuidos al mal estado de los mismos, daños en los bajos por la circulación fuera de calles, travesías, carreteras, autovías o autopistas, daños en techo del vehículo por intentar entrar en accesos sin la altura adecuada.
b) Si la franquicia contratada por el arrendatario no es válida, tendremos derechos a reclamarle daños y perjuicios por una cantidad equivalente a la gravedad de la negligencia hasta el monto total de los daños o pérdidas que hayamos incurrido o incurriremos (el que sea mayor) en la medida permitida por la legislación aplicable
13º RESPONSABILIDADES
a) En caso de averías o accidente el arrendador no asume ninguna responsabilidad por los perjuicios que directa o indirectamente pudieran causar al arrendatario por tal motivo.
b) Salvo autorización expresa al efecto el vehículo arrendado sólo podrá circular por el ámbito autorizado.
c) Para salir al extranjero necesitará autorización expresa y se le facilitará el seguro de cobertura en el extranjero a cargo del arrendatario.
d) Si por conducir bajo la influencia de bebidas alcohólicas o drogas se ocasionara algún daño o accidente el responsable civil seria el arrendatario.
14º CANCELACIÓN
a) Las cancelaciones de las reservas deben realizarse antes de las 48 horas de la fecha y hora confirmada.
b) Se aplicará un cargo económico al arrendatario en aquellas cancelaciones que no se realicen dentro de las 48 horas anteriores a la hora confirmada de reserva.
15º SEGUIMIENTO
a) El vehículo alquilado puede venir equipado con un sistema de localización GPS y dispositivos de rastreo con la finalidad de localizar nuestros vehículos en caso de robo, accidente, avería o dado por el reporte de infracciones circulatorias. Muchos de nuestros vehículos incorporan la aplicación instalada de FORD PASS.
16º JURISDICCIÓN
a) El arrendatario, sea cual sea su nacionalidad, declara haber leído todas las condiciones del presente contrato y para resolver cualquier duda o disconformidad que pudiera surgir por la interpretación y cumplimiento del mismo, y se someten ambas partes a los tribunales de justicia de España.
17º PROTECCIÓN DE DATOS
a) SERMOBIS 2020 SL y COVESA VEHICULOS SL. de conformidad con el Reglamento 679/16 y la Ley 3/18 de protección de datos le informa que es la responsable del fichero de los datos facilitados. Es responsabilidad del arrendador informar y obtener el consentimiento del tratamiento de datos de terceros conductores autorizados que facilite. El arrendador consiente el tratamiento de datos para la gestión del alquiler, que puede implicar, en su caso, la cesión de sus datos identificativos a las autoridades administrativas pertinentes en caso de sanción y/o a la compañía de seguros, sin perjuicio de otras cesiones legales habilitadas. Los datos se tratan legítimamente en base a la relación contractual y se conservan durante el plazo de responsabilidad o mientras sea necesario para la gestión de los mismos. Así mismo, le informamos que puede ejercer en cualquier momento sus derechos de acceso, limitación, portabilidad, reclamación a la Autoridad Española de Protección de Datos, supresión o olvido, rectificación, cancelación y oposición al tratamiento dirigiéndose por escrito, concretando su solicitud y acompañando fotocopia del D.N.I. o de otro documento oficial de identificación personal a COVESA VEHICULOS S.L. (Av.Rabassaires 32, 08100 Mollet del Vallès).
b) SERMOBIS 2020 SL informa que los vehículos disponen de un sistema de seguimiento que permite saber la velocidad y movimientos del vehículo, entre otros. Con el presente contrato se consiente que todos estos datos puedan ser compartidos, en su caso, con las entidades de seguro, administrativas, policiales o judiciales pertinentes.